lunes, 13 de febrero de 2017

LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN EL ÁMBITO DEL DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Los derechos de autor constituyen uno de los principales derechos de propiedad intelectual, cuyo objetivo es dar solución a una serie de conflictos de intereses que nacen entre los autores de las creaciones intelectuales, los editores y demás intermediarios que las distribuyen y el público que las consume.

Junto a los derechos de autor se encuentran los denominados derechos afines, conexos o vecinos, entre los que podemos mencionar los de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión. La legislación española sobre derecho de autor sigue el modelo del sistema jurídico latino-continental, cuyas principales raíces en este caso se encuentran en el derecho francés y, en menor medida, en el germánico. Su esencia es que está constituido por un conjunto de normas y principios que regulan, por un lado, los derechos morales y, por otro, los patrimoniales que la ley concede a los autores por el simple hecho de la creación de una obra literaria, artística o científica. 

El término “copyright”, tan utilizado internacionalmente, proviene del derecho anglosajón. En concreto, el Estatuto de la Reina Ana (1709), en Inglaterra, fue la primera norma en el mundo sobre los derechos de autor, y sirvió de inspiración para las legislaciones nacionales de otros países anglosajones, entre ellos Estados Unidos.


CARACTERÍSTICAS DEL SOFTWARE

Podemos reconocer al software a través de las siguientes tres características:

• El software se desarrolla, no se fabrica, no se construye pues no es un bien tangible.

• No se estropea, no se malogra, sólo se desactualiza. 

• La mayoría de softwares se desarrollan a medida, pues depende de los problemas o situaciones específicas que el usuario quiere solucionar a través de ellos.



ELEMENTOS DEL SOFTWARE

El software se desarrolla introduciendo data a través de los componentes. Estos componentes se desarrollan mediante un lenguaje de programación que tiene un vocabulario limitado, una gramática definida explícitamente y reglas bien formadas de sintaxis y semántica. Estos atributos son esenciales para la traducción por la máquina y es por ello que se convierten como los elementos principales del software.

Las clases de lenguajes que se utilizan en el desarrollo del software son:

• Los lenguajes máquina (representación simbólica del conjunto de instrucciones de la UPC)

• Los lenguajes de alto nivel (el que utiliza el programador en el desarrollo del software)

• Los lenguajes no procedimentales (en estos se especifica el resultado deseado, en vez de especificar la acción requerida para conseguir el resultado).


CLASES DE SOFTWARE

En la doctrina podemos encontrar distintas clases de software, sin embargo aquí hemos tratado de agruparlas en las siguientes clases:

Por su procedencia. -

• Nacionales: Aquel software que se desarrolla y se utiliza dentro de un país.

• Internacionales: Aquel software que es desarrollado en un país distinto al de donde se utiliza.

Por sus aplicaciones. -

• Software de sistemas: Conjunto de programas que han sido escritos para servir a otros programas.

• Software de tiempo real: Mide/analiza/controla sucesos del mundo real conforme ocurren.

• Software de gestión: Las aplicaciones en esta área reestructuran los datos existentes para facilitar las operaciones comerciales o gestionar la toma de decisiones.

• Software de ingeniería y científico: Se caracteriza por los algoritmos de manejo de números.

• Software de computadoras personales: Hojas de cálculo, texto, gestión de bases de datos, aplicaciones financieras, de negocios y personales.

SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE LOS DERECHOS DE AUTOR DE UN SOFTWARE

El código fuente. - Cuando tratamos sobre elementos del software denominamos lenguajes de alto nivel, a aquellos que permiten al programador y al programa independizarse de la máquina (comprensible por el hombre).

El software desarrollado en lenguaje de alto nivel, se le denomina CODIGO FUENTE. Generalmente, el programa fuente es conservado por su autor porque es aquí donde está descrito su creación intelectual. Esto es lo que se registra ante INDECOPI para que el software pueda ser protegido por el derecho de autor.

El código objeto. - Cuando tratamos sobre elementos del software, denominamos lenguaje de máquina a la representación simbólica (números, símbolos o medios numéricos) del conjunto de instrucciones de la UPC (comprensible para la computadora). 7 En virtud de lo mencionado, cuando el software desarrollado en un lenguaje de alto nivel, se convierte (a través de un programa compilador o intérprete) a un lenguaje de máquina, se le denomina CODIGO OBJETO.

Es así como actualmente en el Perú se brinda tutela jurídica al software, y sobre estas consideraciones, los abogados deben cuidar utilizarlos en pro de la protección de los derechos que últimamente viendo siendo vulnerados por la utilización indebida de las herramientas informáticas. Sólo con el conocimiento de los aspectos técnicos, podremos entender las consecuencias que se derivan en el desarrollo y avance de las Tecnologías de Información y Comunicación.

RELACIÓN DEL SOFTWARE CON LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Ahora vamos a explicar por qué los principales derechos de autor pueden proteger jurídicamente al software, al menos hasta ahora. Para ello, vamos a entender lo que es una obra. Esta expresión debe cumplir fehacientemente con unos elementos fundamentales para adquirir la protección jurídica que otorga el Derecho de Autor:

• Ser una creación original resultado del esfuerzo intelectual.

• Debe tener una forma de expresión (materialización del resultado).

• El resultado de la creación debe tener una estructura y una organización.


DE LOS DERECHOS DE AUTOR

• La Dirección de Derecho de Autor fue creada mediante el Decreto Legislativo Nº 1033, comenzando a funcionar desde el 25 de Agosto de 2008.

• La Dirección promueve una cultura de respeto al derecho de autor y los derechos conexos y como parte de sus funciones se encarga de velar por el cumplimiento de las normas legales que protegen al autor, a los artistas intérpretes y ejecutantes con respecto a sus obras, interpretaciones y ejecuciones así como a todo titular de derechos sobre las mismas.

• Adicionalmente, la Dirección de Derecho de Autor autoriza y supervisa el funcionamiento de las sociedades de gestión colectiva, es decir, aquellas entidades privadas que representan a los autores o titulares de los derechos de autor o derechos conexos recaudando y distribuyendo las regalías por el uso de sus obras.

• El funcionamiento de la Dirección de Derecho de Autor se rige por la Ley sobre Derecho de Autor, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 822, así como por el Decreto Legislativo Nº 1033, la Decisión Andina Nº 351, así como por los convenios internacionales sobre la materia.

• La Dirección de Derecho de Autor administra el Registro Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos. El Registro de Derecho de Autor data desde 1943. Mediante el Decreto Ley Nº 25868 modificado por el Decreto Legislativo Nº 1033, hoy la Dirección de Derecho de Autor es la entidad responsable del depósito de intangibles conformado por obras literarias, obras artísticas, software, etc.


LA PIRATERIA EN EL PERÚ

• El 65% de los programas instalados en computadoras personales en el Perú en 2013 no contaba con licencia.

• Los softwares piratas invaden las computadoras personales en el Perú. Un estudio de la BSA revela que el 65% de usuarios cuenta con programas de pago que fueron instalados en 2013 sin la licencia correspondiente.

• Los programas sin licencia han generado una pérdida de 249 millones de dólares durante los dos últimos años. Entre los principales riesgos del software sin licencia puede mencionarse que los hackers acceden ilegalmente a la computadora y obtienen todos los datos personales. La información también podría ser eliminada.

LEGISLACIÓN PERUANA

Actualmente, la Ley de Lucha contra la Piratería regula el uso ilegal de software. Quien reproduce y distribuye puede ser condenado hasta con ocho años de prisión.

Además, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en alianza con el Ministerio de la Producción y la Asociación Peruana de Productores de Software (Apesoft), realizó una campaña de educación y prevención.

LINEAMIENTOS DEFINIDOS POR EL INDECOPI SOBRE EL USO LEGAL DEL SOFTWARE. -

La Oficina de Derechos de Autor del INDECOPI, entidad pública encargada de velar por la protección de los derechos de autor, en el año de 1998 publicó la Resolución 0121-1998, por medio de la cual quedaron establecidos los lineamientos generales sobre el uso legal de los programas de ordenador.


EL SOFTWARE EN NUESTRA LEGISLACIÓN

TRATAMIENTO EN EL PERU

LOS DERECHOS DE AUTOR

Los derechos de autor, incluido el software, son protegidos por el Decreto Legislativo 822, la Decisión Andina 351, el Decreto Ley 25868, el Código Penal (artículos 216º al 221º), la Convención Universal sobre Derecho de Autor y el Convenio de Berna. También los protege la Constitución Política.

LA OFICINA DE DERECHO DE AUTOR DEL INDECOPI

• La Oficina de Derechos de Autor del Indecopi protege el software a través del registro de éste y de las acciones administrativas que lleva a cabo.

• Esta Oficina vela por el cumplimiento de las normas legales que protegen al autor con respecto a su obra, así como a todo titular de derechos sobre la misma creación intelectual. También protege a los herederos o cesionarios.

• Las obras intelectuales que se salvaguardan son las literarias, artísticas y literario - científicas, incluyéndose a los programas de computación.

COPYLEFT

Es una forma de licencia y puede ser usado para modificar el derecho de autor de obras o trabajos, tales como software de computadoras, documentos, música, y obras de arte.

Bajo tales licencias pueden protegerse una gran diversidad de obras, tales como programas informáticos, arte, cultura y ciencia, es decir prácticamente casi cualquier tipo de producción creativa.

Sus partidarios la proponen como alternativa a las restricciones que imponen las normas planteadas en los derechos de autor, a la hora de hacer, modificar y distribuir copias de una obra determinada. Se pretende garantizar así una mayor libertad para que cada receptor de una copia, o una versión derivada de un trabajo.

El software libre es una posibilidad, en la que los autores en forma altruista han decidido dar libremente sus creaciones para que otros lo utilicen, sin restricciones, más que hacer lo mismo.

En el mundo tenemos a Copyright (de tendencia anglosajona) y a Copyleft como alternativas en cuanto a la explotación de los derechos de autor (es así como lo conocemos en nuestra legislación).

¿CUÁL ES LA CONTROVERSIA QUE EXISTE RESPECTO A LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN EL ÁMBITO DEL DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL?

Considerando que el software al no ser un producto tangible no produce cambios en el mundo físico, el Decreto Legislativo. 822 ofrece protección de los autores de obras literarias y artísticas, como escritos y programas informáticos, bases de datos originales, obras audiovisuales, etc. 

Si nos referimos a Derecho de Autor o Propiedad Industrial en el Perú es regulado por el Decreto Legislativo Nº822 “Ley de Derechos de Autor” y no se atribuyó su protección a la Propiedad Industrial por diversas razones. Primero, pues el software no introduce cambios en el mundo físico al no ser un bien tangible.

Según el Decreto Legislativo 823 veremos si el software está en la propiedad intelectual. En el artículo 3 nos dice: La protección reconocida por la presente Ley recae, entre otros, sobre los elementos constitutivos de la propiedad industrial, según lo leído podemos decir que pertenece a las Patentes de invención

Está bajo el Decreto Legislativo 823: Derecho de Patentes, tal como lo señala el:

Artículo 22º.- Se otorgarán patentes para las invenciones sean de productos o de procedimientos en todos los campos de la tecnología, siempre que sean nuevas, tengan nivel inventivo y sean susceptibles de aplicación industrial. Se entiende por patente el título por el cual el Estado concede el derecho exclusivo de explotación al titular de una invención dentro del territorio nacional.

El software ocupa un lugar en el campo de la tecnología ya que se inventan/ crean nuevos programas para ser utilizados en cualquier campo sea en educación, agroindustria, programación de software, etc.

Para poder proteger al software el Decreto Legislativo 823 nos da una serie de normas para que eviten que la invención de un software, por ejemplo, sea de provecho de para otra persona y no para el que inventó el software por eso protege al inventor.

Para que se pueda expandir la industria del software en PERÚ esta debe de estar protegida por normas que ayuden a regular los Derechos de propiedad intelectual, las patentes, copyright, marcas, diseños industriales, circuitos integrados e indicaciones geográficas. Según la Business Software Alliance (“BSA”), 35% del software instalado en 2006 en PCs globalmente fue obtenido ilegalmente, ascendiendo a pérdidas globales de más de 40 billones. 


En Latinoamérica, la cifra asciende al 66%. Esto representaría más de 300 millones de dólares de pérdidas para PERÚ. La era de la información ha abierto oportunidades para poder acceder a información que antes era imposible obtener tan fácilmente, esto le ha ayudado a países como a personas a acceder a dicho conocimiento de una forma más sencilla, también ha hecho posible la creación de nuevas formas de Derecho para proteger dicha información y ha creado nuevos tipos de negocios como el comercio electrónico, que en otros tiempos era imposible pensar de su existencia. Para proteger todo esto se ha tenido que crear nuevas normas mundiales de protección dirigidas por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

El software ocupa un lugar en el campo de la tecnología ya que se inventan, crean nuevos programas para ser utilizados en cualquier campo sea en educación, agroindustria, programación de software, etc. Para poder proteger al software el Decreto Legislativo 823 nos da una serie de normas para que eviten que la invención de un software.



martes, 31 de enero de 2017

ANALASIS ECONOMICO DEL DERECHO

ANALASIS ECONOMICO DEL DERECHO

El Análisis económico del Derecho es una corriente considerada dentro de la teoría del Derecho que aplica métodos propios de la economía en el razonamiento jurídico. Incluye el uso de la metodología y los conceptos propios de la ciencia económica para predecir el efecto de las normas jurídicas, con el objeto de determinar qué leyes o disposiciones jurídicas son económicamente eficientes y predecir qué medidas deberían ser promulgadas o adoptadas. Es decir, propone la evaluación de las reales consecuencias de una norma existente y asimismo la predicción de los posibles efectos de una norma proyectada buscando diseñar mejores estructuras legales, más eficientes para arribar a los propósitos deseados, adoptando los medios que resulten más idóneos para ello.




Su aplicación no se limita a materias íntimamente vinculadas a la economía como reglas de antimonopolio y regulación, sino que es susceptible de aplicarse complementariamente para el estudio de cualquier tipo de normas legales, inclusive las de propiedad, obligaciones, justicia civil y criminal, derecho de familia, delito y pena, entre otras.


El Análisis Económico del Derecho (en adelante AED) es una metodología de análisis que apareció, aproximadamente, en los '60 en los EE.UU., y que lo único que persigue es aplicar los métodos de la ciencia económica al Derecho. Es difícil explicar y dar una definición de lo que es el AED. Es como definir correr; la única forma de entenderlo realmente es corriendo o viendo a una persona correr. El AED es parecido. La única forma de entenderlo es aplicándolo, y viendo cómo funciona en la realidad. Lo que busca es establecer los costos y los beneficios de determinadas conductas, y como el Derecho está plagado de conductas —en sí mismo es una técnica de regular conductas—, el AED puede ser aplicado para determinar los costos y beneficios de estas conductas.


En realidad lo que se consigue a través del AED es predecir conductas de seres humanos. Se parte del principio que los seres humanos actúan en base a incentivos, y que en consecuencia buscan los que les favorece y evitan lo que les perjudica. En otras palabras, tratan de maximizar beneficios y minimizar costos. En base a ello es posible encontrar fórmulas que permiten predecir como los individuos actuaran ante tales incentivos.


Dado que el Derecho es un sistema de regulación de conductas, su relación con la economía aparece como evidente. Si uno quiere regular conducta, aprender a predecirla es de suma utilidad. Saber el impacto de una Ley, de una decisión judicial o de un contrato en la conducta futura permite poner al Derecho en contexto de realidad.

¿POR QUÉ ES NECESARIO Y PARA QUE SIRVE?

La mayoría de gente no entiende bien ni los postulados ni la utilidad del AED. En primer lugar, como el AED se basa en un análisis costo-beneficio, se tiende mucho a pensar que es un análisis deshumanizante: es convertir en números el Derecho, que tiene que ver con la justicia, con la conducta humana y con los valores. Eso no es lo que persigue el AED. Lo que persigue es evitar que los sistemas jurídicos, a la hora de legislar, generen desperdicios. Y, como dice CALABRESI, desperdiciar; en una sociedad donde los recursos son escasos, es injusto. Lo que se busca es, por tanto, un Derecho que, sin olvidar otros aspectos o valores a los cuales se deba, sea un Derecho eficiente, es decir un Derecho que evite el desperdicio creando incentivos de conducta adecuados para lograr sus fines.

En conclusión el AED se orienta a la creación de modelos tendentes a evaluar rigurosamente los efectos económicos producidos por las leyes. En consecuencia, predice y previene la conducta humana ya que analiza ex ante, a diferencia del derecho .


El AED entiende la eficiencia maximizando la riqueza social, así, como el ser humano actúa en base a incentivos, este dirige- predice (simplificando la realidad al seleccionar factores relevantes) su conducta con correctos incentivos o desincentivos (legales) evitando se generen desperdicios o el uso inadecuado de recursos.





LINKOGRAFIA

http://www.monografias.com/trabajos39/analisis-del-derecho/analisis-del-derecho.shtml
https://es.wikipedia.org/wiki/An%C3%A1lisis_econ%C3%B3mico_del_Derecho
http://www.derechoycambiosocial.com/revista010/analisis%20economico%20del%20derecho.htm
http://www.lozavalos.com.pe/alertainformativa/index.php?mod=contenido&com=contenido&id=2934
http://posgrado.pucp.edu.pe/curso/analisis-economico-del-derecho/

Analisis economico del derecho de Alexandra Flores

LOS SERVICIOS PUBLICOS A TRAVES DE LAS TICs




ESTRATEGIA:PROVEER A LA POBLACIÓN, INFORMACIÓN, TRÁMITES Y SERVICIOS PÚBLICOS ACCESIBLES POR TODOS LOS MEDIOS

Un principio fundamental del Gobierno Electrónico en la entrega de información, servicios y trámites a la sociedad utilizando los canales que las TIC pueden soportar. En ese sentido, se deben usar estrategias multicanales en tanto se puedan disponer de canales presenciales, como de los propios, vinculados a tecnologías de información, como el Internet, telefonía fija y móvil, televisión digital interactiva, entre otros canales, para poder brindar más y mejores servicios a la ciudadanía. 



Actualmente uno de los canales más usados sigue siendo los portales instituciones, los mismos que son, informativos, interactivos o transaccionales, dependiendo del desarrollo tecnológico que posee la entidad pública.  Como punto de partida las necesidades que emanan de la población, producto de la evaluación que las autoridades realizan y que con el análisis realizado, se valida la necesidad de incorporar las tecnologías de la información, como parte del auge tecnológico mundial. Con esta integración se proyecta ofertar servicios de alta calidad, para el logro de la maximización de su utilización. 

Nivel emergente: El país asume el compromiso de desarrollar el Gobierno Electrónico, ofreciendo información en una sola vía (del Gobierno a la ciudadanía). Se ofrecen novedades, respuestas a preguntas frecuentes, información archivada y vínculos a los sitios de organismos del Estado. 


Nivel mejorado: Se amplía la comunicación de una a dos vías, con la interacción de la ciudadanía mediante correo electrónico, formularios descargables, aplicaciones, audio, video y la presentación de solicitudes. Los contenidos deben cumplir con un mínimo nivel de accesibilidad y se empiezan a incorporar herramientas como el RSS, el sitio compatible con WAP/GRPS y en otro idioma, y la opción de recibir mensajes de alerta, registrarse o realizar pagos a través del móvil. 


Nivel transaccional: El Estado ofrece transacciones completas y seguras como el pago de impuestos y multas, inscripciones, obtención de permisos, certificados y licencias, entre otros. 


Nivel conectado: Información, datos y conocimiento se transfieren entre organismos, para un acceso instantáneo a servicios del Estado de manera integrada y con un enfoque centrado en el ciudadano, donde los e-servicios se organizan en eventos del ciclo de vida y grupos segmentados para prestarlos a la medida. Se solicitan información y opiniones usando Web 2.0 u otras herramientas interactivas, en un entorno que permite a los ciudadanos a participar más activamente y tener voz en la toma de decisiones.



Sin embargo, el desarrollo de las TIC en tecnología móvil de comunicación, así como, el alto nivel de penetración de la telefonía móvil en nuestro país, abren un canal más inclusivo - más allá de la posibilidad de acceder o no a un dispositivo móvil más avanzado, un porcentaje mayoritario de peruanos tienen acceso y usan un teléfono celular-, sobre el cual se puede ampliar la gama de servicios e información que, como Estado, podemos brindar a los ciudadanos y entidades privadas, canal que puede convertirse en corto plazo, en el principal medio de comunicación entre el Estado y el ciudadano. 


En esa misma línea, no se debe perder de vista a la telefonía fija y más recientemente la utilización de la televisión Digital Interactiva, como otros medios de entrega de servicios y trámites a la población. 59 Ante ello, existe una responsabilidad, de parte de la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI), para analizar el tema, hacer el seguimiento a las entidades públicas que vienen impulsado las mejores prácticas en la entrega de servicios, utilizando canales como la telefonía fija, móvil o la televisión digital, adicionales a Internet, generando además los instrumentos, para orientar a las entidades públicas, de forma que, para el 2015, un porcentaje significativo de los trámites y servicios públicos sean brindados en línea, utilizando los canales de comunicación existentes

1. RESUMEN


Hoy en día es de vital importancia la utilización de las TIC’s con la finalidad de realizar con eficiencia y eficacia los servicios públicos, ésta herramienta tecnológica, ha ido en aumento y requiere de nuevas alternativas, para dar servicio a la población, sin la necesidad de pasar por las inclemencias de la presencia física, que hay que formalizar para llevar a cabo las gestiones que correspondan a las necesidades propias de la población.

Este trabajo de investigación tiene como objetivo realizar el análisis del uso de las TIC’s en la administración pública con el fin de ofrecer un servicio de calidad, procurando el beneficio colectivo, eliminando los procesos manuales y largas filas para gestionar dichos servicios.

Por otro lado, los Servicios Públicos han adquirido gran relevancia debido al aumento de sus habitantes sus necesidades y en consecuencia, el aumento en la cobertura de dichos servicios, el volumen de información y los procesos administrativos, operativos que implican atender las demandas de los ciudadanos en forma y en tiempo.

Como producto de esta investigación se aporta y propone alternativas de solución para que se agilicen las gestiones que aquejan a la población ante el municipio, entre estas, la incorporación de las TIC’s, como una herramienta alterna para servir de apoyo a la atención y seguimiento de las gestiones de los servicios públicos y los ciudadanos. Derivado de lo anterior, la administración pública, y los servicios que ofrece, con eficiencia y eficacia dependen del desempeño, de la estructura y coordinación de cada una de las áreas que la integran, con el fin de que realicen todas y cada una de sus funciones según les corresponda, evitando tener pérdidas de tiempo y de recursos y sobre todo evitar el caos entre los servidores públicos y los ciudadanos.

2. ABSTRACT





Nowadays, it is of vital importance to use ICTs in order to efficiently and effectively carry out public services, this technological tool has been increasing and requires new alternatives to serve the population without the need to To go through the inclemencies of the physical presence, which must be formalized to carry out the actions that correspond to the own needs of the population. This research aims at analyzing the use of ICT in public administration in order to offer a quality service, seeking the collective benefit, eliminating manual processes and long lines to manage such services. As a starting point, the needs that emanate from the population, as a result of the evaluation carried out by the authorities and with the analysis carried out, validates the need to incorporate information technologies as part of the global technological boom. With this integration it is projected to offer high quality services, to achieve the maximization of its use. On the other hand, the Public Services have acquired great importance due to the increase of their inhabitants their necessities and consequently, the increase in the coverage of these services, the volume of information and the administrative, operational processes that imply to attend to the demands of the citizens In form and in time. As a result of this research, we propose and propose alternative solutions to expedite the efforts that affect the population before the municipality, including the incorporation of ICTs, as an alternative tool to support the care and monitoring of The management of public services and citizens. Due to the above, the public administration, and the services it offers, efficiently and effectively depend on the performance, structure and coordination of each of the areas that comprise it, in order to carry out each and every one of its Functions as appropriate, avoiding waste of time and resources and above all avoid chaos between public servants and citizens.

3. PROBLEMÁTICA

El desarrollo significativo de las Tecnologías de la Información ha generado un fuerte impacto en los diferentes ámbitos de las sociedades, al extremo de ver condicionadas sus gestiones de gobierno al desarrollo e implementación de las mismas. En América latina, no se ha dado un gran auge tecnológico en comparación con los países de Asia, Europa y el norte de América, lo cual ha traído un retraso al tratar éstos de ponerse al día en cuanto a las herramientas de Gobierno Electrónico y de las Tics, en general viéndose obligados a modificar e implementar su viejas estructuras de gobierno para integrarse y hacer uso de estas tecnologías para no quedar marginados en el ámbito internacional. 

Es por eso que muchos de ellos han querido llevar o han llevado, al sector gubernamental este tipo de estrategias de integración pero no sólo suministrando a todas las instituciones y entes que conforman el gobierno, sistemas automatizados, sino definiendo directrices y políticas para la masificación del acceso y la calidad de los servicios públicos, capacitando a los operadores y funcionarios públicos para el uso de las Tics. A nivel latinoamericano no se puede saber con exactitud el nivel de implementación del gobierno electrónico, sin embargo se deduce meridianamente que los mismos están en un nivel intermedio como consecuencia de la obligación estatal de respetar y honrar los acuerdos internacionales suscritos y ratificados por sus respectivos estados.

La XII CUMBRE IBEROAMERICANA DE JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO (2007), expresan su compromiso especial que sus gobiernos se han comprometido de manera firme a reducir la brecha digital y convertir la sociedad de la información y el conocimiento en una oportunidad para todos, especialmente mediante la inclusión de aquellos que corren peligro de quedar rezagados. 

En ese sentido, se puede concluir que el trabajo de implementación del gobierno electrónico en Latinoamérica se encuentra en proceso de desarrollo como una razón estratégica ante los cambios y avances de la ciencia, presumiendo que los mismo sucede a nivel de procuradurías públicas por razones que estriban desde mejorar la labor de sus funcionarios, brindar un mejor servicio, ejercer una mejor defensa para el estado, hasta un control más estricto de los mismos por tratarse de un cargo de mucha importancia por estar relacionado a la defensa de los intereses del estado. 

En el ámbito nacional existe un Sistema de Seguimiento de Causas Vía Web del Ministerio de Justicia, sin embargo del mismo no se tiene conocimiento por la negligencia o la pasiva gestión del consejo de defensa jurídica del estado como ente rector y director de los procuradores públicos del estado peruano. 

1. MARCO TEÓRICO

Bases Teórico-Científicas:

Para llegar a entender el contexto dentro de la cual se desarrollara la presente investigación se hace necesario definir algunos términos sobre gobierno electrónico y gestión pública.

Concepto de Gobierno Electrónico

Existen muchos conceptos sobre gobierno electrónico, entre ellos, podemos citar:

La ONGEI, citando a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) lo define como “…el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), por parte del estado, para brindar servicios e información a los ciudadanos, aumentar la eficacia y eficiencia de la gestión pública, e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación ciudadana…”

GROSVALD (2005), el concepto de "Gobierno Electrónico" incluye todas aquellas actividades basadas en las nuevas tecnologías informáticas, en particular Internet, que el Estado desarrolla para aumentar la eficiencia de la gestión pública, mejorar los servicios ofrecidos a los ciudadanos y proveer a las acciones del gobierno de un marco mucho más transparente que el actual, tanto en las aplicaciones internas como las externas de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en el sector público.

Finalidad del Gobierno Electrónico.

Tiene por finalidad “…Reorientar las preocupaciones hacia cómo cooperar más eficazmente a través de las agencias gubernamentales para abordar temas complejos y compartidos, cómo fortalecer la centralidad del consumidor y cómo construir relaciones con los aliados en el sector privado…”

Fases del gobierno electrónico.

Está compuesta de 04 fases Presencia, interacción, transacción y transformación:

Presencia: Fase en la que los gobiernos ponen en línea información básica sobre leyes, reglamentos, documentos y estructuras organizacionales, sin mayor relación con los ciudadanos.

Interacción: Aquí se generan las primeras interacciones entre ciudadanos y empresas con el gobierno. Se involucran los procesos gubernamentales mediante su mejoramiento y simplificación, abriendo ciertos canales de comunicación para los ciudadanos, empresas y propio gobierno

Transacción: Permite completar trámites y el pago de tasas e impuestos mediante la implementación del medio de pago virtual (Tarjetas de crédito o de débito), mejorando la productividad y la participación de los ciudadanos.

Transformación: Cambian las relaciones entre el gobernante y el ciudadano. Se realizan cambios en la forma de operar del gobierno y los beneficios originados son recibidos y utilizados, en gran medida por los ciudadanos y empresas.

Tipos de Gobierno Electrónico.

La Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática – ONGEI, considera que el Gobierno Electrónico, dentro de sus objetivos principales, busca mejorar las formas de relacionarse con: Los ciudadanos y/o sus asociaciones. El sector privado, El estado, sus empleados y/u otros agentes gubernamentales y estatales. Puede ser visto a través de cuatro tipos de relaciones:

Gobierno a Ciudadano (G2C) | Government to Citizen.

Gobierno a Empresa (G2B) | Government to Business.

Gobierno a Empleado (G2E) | Government to Employee.

Gobierno a Gobierno (G2G) | Government to Government.

Gestión Pública.

Para SANCHEZ (2002) La gestión pública proviene de la palabra latina gestio-onem, por lo que el gestor es un procesador, un hacedor de acciones. En español, el vocablo gestión ha sido usado generalmente como sinónimo de administración." La voz gestión pública se encuentra precedido de otros conceptos que le dan su origen: el pub/ic managementy la gerencia pública. Incluso, para algunos estudiosos se puede usar indistintamente la palabra Gerencia Pública y Gestión Pública." Para distinguir entre "administración pública" y "gestión pública", dada la confusión existente entre ambos conceptos, es indispensable clarificar las distinciones entre prácticas concretas y formulaciones teóricas. En el contexto académico de los Estados Unidos existe una clara distinción entre "public administration" y "pub/íc management", como vocablos que se asocian con significados diferentes respecto de la acción administrativa."

Marco Normativo del Gobierno Electrónico.





Constitución Política del Perú, contiene el fundamento legal y primigenio del gobierno electrónico lo encontramos en el artículo 2, numeral 5 de la carta magna “…A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido…”

De igual forma este derecho fundamental se encuentra protegido por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado - Ley 27658, cuyo objetivo era obtener mayor eficiencia en la atención ciudadana mediante el uso de las TIC.

Una de las acciones señalaba que la “institucionalización de la evaluación de la gestión por resultados, a través del uso de modernos recursos tecnológicos, la planificación estratégica y concertada, la rendición pública y periódica de cuentas y la transparencia a fin de garantizar canales que permitan el control de las acciones del Estado”

En cuanto a transacciones electrónicas (firma digital y electrónica, documento electrónico, certificación digital, contratación electrónica, pago electrónico) se expidieron las siguientes leyes: 

Ley Nº 27269 de Firmas y certificados digitales, promulgada el 15/07/2000, y su Reglamento, D. S. Nº 019-2002-JUS del 15/05/2002. Permite la celebración de contratos por medios electrónicos, planea la ley de firma digital y la regulación del registro de nombres de dominio en el Perú.

Ley Nº 27310, promulgada el 15/07/2000. Modifica el Artículo 11 de la Ley Nº 27269, disponiendo que los certificados de firmas digitales emitidos por entidades extranjeras tendrán la misma validez y eficacia jurídica reconocidas en la Ley, siempre y cuando tales certificados sean reconocidos por la autoridad administrativa competente.

Ley Nº 27291, promulgada el 24/06/2000. Modifica el Código Civil permitiendo la utilización de los medios electrónicos para la comunicación de la manifestación de la voluntad y la utilización de la firma electrónica. 

Ley Nº 27419, promulgada el 02/07/2001. Sobre notificación por correo electrónico (permite el uso del correo electrónico y otros medios para la notificación en el ámbito del Código Procesal Civil).

Resolución Nº 103-2003-CRT-INDECOPI de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, promulgada el 15/11/2003. Aprueba disposiciones complementarias al reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales.

Resolución Ministerial Nº 95-2004-PCM, promulgada el 10/04/2004. Aprueba la "Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático de las entidades de la Administración Pública para el año 2004"

Acceso a la información administrativa (o acceso a la información pública).

Decreto Legislativo Nº 681, promulgado el 11/10/1991, modificatorias, y su reglamento D.S. 009-92 JUS. Dicta normas que regulan el uso de tecnologías avanzadas en materia de archivo de documentos e información, tanto respecto a la elaborada en forma convencional cuanto la producida por procedimientos informáticos. Sobre los efectos legales de los documentos digitales obtenidos producto del microfilmado.

Decreto Supremo 018-2001-PCM, publicado el 27/02/2001. Dispone que Entidades del Sector Público incorporen en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) procedimientos para facilitar el acceso a la información. Declara que esos procedimientos debe realizarse utilizando medios electrónicos.

Decreto de Urgencia Nº 077-2001, publicado el 07/07/2001. Crea el portal de transparencia económica del Ministerio de Economía y Finanzas, que sirve para seguimiento ciudadano de uso de los recursos del tesoro por parte de las instituciones públicas.

Políticas nacionales de gobierno electrónico.

La Política Nacional de Informática

El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), con el fin de propiciar el uso de las tecnologías de la información y comunicación para incrementar la competitividad en la producción de bienes y servicios, modernizar las instituciones públicas y socializar el acceso a la información, elabora una propuesta de política nacional de informática 

Dicha política busca definir “…el marco general de actuación del Estado para el uso de las TICs, como medio o instrumento de apoyo en el proceso de construcción del desarrollo nacional…".

Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú: Agenda Digital Peruana 2.0.

En este documento, cuya publicación fue aprobada por Resolución Ministerial N° 148-2005-PCM, se presentan las políticas, estrategias, acciones y metas que deberán ser impulsadas por todos los sectores del país. Tiene el claro norte de generar una Sociedad de la Información en el Perú, que permita obtener eficiencias, habilitando la disponibilidad de cualquier tipo de información, servicios o contenidos electrónicos a sus integrantes. Presenta un diagnóstico de la realidad peruana y de su contexto mundial, en lo relativo a la Sociedad de la Información, para dar paso a los factores críticos de éxito del plan, establecer la visión y desarrollar ocho objetivos estratégicos relativos a: 


Organismos competentes y actores en materia de gobierno electrónico 
Ministerio de la Presidencia.
La Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI), dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Ministerio de Economía.
Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Ministerio de Educación.
Gobiernos Regionales y Locales

4. SITUACIÓN ACTUAL DE LAS TIC EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN EL PERÚ

Terminología básica de gobierno electrónico: El gobierno electrónico consiste en el uso de las tecnologías de la información y el conocimiento en los procesos internos de gobierno en la entrega de los productos y servicios del Estado tanto a los ciudadanos como a la industria. 

Muchas de las tecnologías involucradas y sus implementaciones son las mismas o similares a aquellas correspondientes al sector privado del comercio electrónico, mientras que otras son específicas o únicas en relación a las necesidades del gobierno. Se basa principalmente en la implantación de herramientas como portales, ERP, que en caso de los gobiernos se conocen como GRP, CRM, como redes sociales o comunidades virtuales y muchas otras, buscando una mejora en la eficiencia y eficacia de los procesos internos y de vinculación con la sociedad.

El gobierno electrónico describe el uso de tecnologías para facilitar la operación de gobierno y la distribución de la información y los servicios del mismo. Lidia con aplicaciones pertenecientes y no pertenecientes a internet para servir de ayuda a los gobiernos. Este servicio a los ciudadanos se realiza con el uso a gran escala de tecnologías como: teléfono, fax, sistemas de vigilancia, identificación por sistemas de radiofrecuencia e incluso la televisión y la radio. 

Principales requisitos: 

A. Transparencia 

La administración gubernamental debe proporcionar al exterior información acerca de sí misma y los procesos que lleva a cabo. El nivel de transparencia mide el esfuerzo de la administración gubernamental para hacer disponible la información a través de su sitio web. La transparencia no se refleja solo en la cantidad de información; también en la calidad y los procedimientos de la misma. Las cinco categorías que se engloban en el término “transparencia” son: 

• Propiedad: la evidencia de que el Gobierno gestiona la página y se preocupa de sus contenidos. 

• Contactos/Accesibilidad: cómo y con quién contactar en relación con las actividades llevadas a cabo por la institución. • Información de la institución: sobre su estructura y áreas de actividad.

• Información sobre contenidos: información sobre la base política de la institución. 

• Consecuencias para los ciudadanos/respuestas: pasos que el visitante debe dar para hacer una gestión. 

B. Interactividad

Mide el grado de facilidad con la que los usuarios pueden acceder a la información proporcionada por el gobierno y utilizarla. Esto no solo implica el uso de la información digital, sino también la transacción de servicios en un sentido eminentemente práctico. 

Las categorías organizadas bajo el término interactividad son las siguientes: 

• Seguridad y confidencialidad: la mayor accesibilidad de una web implica una menor obligación por parte de los usuarios de proporcionar información personal para acceder al material y descargarlo. 

• Contactos/Accesibilidad: evidencias de que la institución está dispuesta a recibir datos y peticiones externas. 

• Importancia del gobierno electrónico.

Los gobiernos electrónicos deberían permitir a cualquiera que visite la página web de una ciudad comunicarse e interactuar con empleados de esa ciudad vía Internet con interfaces gráficas de usuario, mensajería instantánea y presentaciones audiovisuales. El gobierno debería centrarse en: 

• El uso de las TIC, y particularmente internet. 

• El uso de las TIC en todas las facetas de la organización gubernamental. 

• La continua optimización de la prestación de servicios y las transformaciones de las relaciones internas y externas a través de la tecnología, Internet y los nuevos medios de comunicación. 

El gobierno electrónico debe centrarse en la inclusión de los ciudadanos de una manera participativa a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

Desarrollo de las TIC a nivel internacional y la Posición del Perú

Los avances alcanzados en la Utilización de las TIC en el Perú, causan preocupación por las posiciones rezagadas que muestra en los indicadores de disposición tecnológica (74) e innovación (110) dentro del Ranking de Competitividad Global 2010-2011, elaborado por el World Economic Forum (WEF), que incluye un universo de 139 países. Suiza ostenta el primer lugar en dicho ranking y que Chile (30) es el país mejor ubicado de América Latina. Respecto a la brecha del índice promedio de desarrollo de las TIC entre América Latina y los países miembros de la OECD (Estados Unidos, Alemania, Reino Unido, Japón, Francia, Italia y Canadá, entre otros) entre 2002 y 2008, esta se mantiene alta. Organismos internacionales otorgan a Latinoamérica índices que van entre 0,51 y 0,71, siendo 1 el máximo en que se encuentran países de altos ingresos, pertenecientes a la OECD. A pesar de ello, la brecha es menor en el caso del subíndice de habilidades con las TIC, en relación con los países OECD. Esto demuestra que nuestro país posee un recurso humano que domina el uso de estas tecnologías. Solo falta la infraestructura adecuada que nos permita tener un mayor acceso a ellas.

Investigación y Desarrollo como Dinamizador de las TIC en el Perú según Reniec

Por otro lado, si bien es cierto que el Perú subió cinco puestos en el índice de competitividad global del World Economic Forum, aún falta un largo camino por recorrer en innovación y desarrollo tecnológico (I+D). La sociedad solo asumirá su rol protagónico en I+D cuando el Estado también promueva y garantice una estabilidad jurídica e institucional, de modo que los proyectos en este campo no se vean afectados por factores de riesgo, como la incertidumbre política o económica. 

El Grupo de Análisis para el Desarrollo (Grade) realizó el estudio La participación pública y privada en la investigación y desarrollo e innovación tecnológica en el Perú, en cuyas conclusiones se mostraba la falta de una masa crítica de científicos, ingenieros y técnicos calificados; el divorcio entre las universidades e institutos de investigación con el sector empresarial e industrial; la exigencia de los derechos de propiedad intelectual, entre otros. 

El aumento de la inversión en I+D es una demanda urgente de parte del Estado. Del mismo modo, debe aumentar el número de publicaciones científicas y de patentes, según estimaciones del Banco Interamericano de Desarrollo. Los proyectos de innovación deben ejecutarse con una mirada de largo plazo, pues por tener un componente de conocimiento e investigación, los resultados no siempre se obtienen con rapidez. 

El RENIEC viene siendo participe de forma continua en la formulación y ejecución de políticas públicas orientadas a elevar el nivel de la I+D en el país, viene invirtiendo y concentrando sus mejores esfuerzos institucionales en I+D, claro ejemplo la implementación del “Sistema Integrado de Trámite Documentario – SITD”, es una de las tantas iniciativas que forman parte de un plan sistemático y una política científica y tecnológica, desarrollado bajo un marco legal consistente y que va de la mano con una política educativa en el campo laboral; lo que significa que viene poniendo el conocimiento al servicio de nuestro crecimiento como sociedad.

5. MODELOS DE EVOLUCIÓN DEL GOBIERNO ELECTRÓNICO

El Gobierno Electrónico conforma un proceso evolutivo, por esta razón requiere de una dedicación de alta prioridad en la adopción de las TIC’s y las reformas institucionales y regulatorias asociadas. Es importante, por tanto, entender el ciclo de vida del desarrollo de un Gobierno Electrónico.

Comentan Gaston & Naser (2012), que la Organización de las Naciones Unidas ha definido un marco de evolución del Gobierno Electrónico según cuatro niveles de madurez, el cual ha servido de referencia para que los países definan sus propios modelos: 

Lo anterior implica, una evolución no sólo tecnológica sino también cultural, ya que la incorporación de las TIC’s en la gestión pública impacta tanto a los organismos públicos como a la sociedad en su conjunto.


6. CONCLUSIONES

1. El uso de las TIC en la Administración pública efectúa cambios en la institución y al mismo tiempo provoca modificaciones tanto en los funcionarios como en los usuarios.

2. Las principales ventajas de la utilización de la TIC en la Administración pública es brindar grandes beneficios y adelantos tecnológicos, potenciar a las personas y actores sociales, apoyar a las instituciones a presentar y ofrecer información a través de la Internet, impartir nuevos conocimientos para los empleados a través de integración, trabajo en equipo, motivación, disciplina; fácil acceso a mucha información de todo tipo. 

3. Las TIC representan una buena alternativa en las organizaciones de hoy en día, donde un conjunto interdisciplinario de profesionales que se desempeñan como gerentes de las más diversas organizaciones, muestran versiones actualizadas y teóricamente sustentadas del conocimiento por medio de las diferentes innovaciones tecnológicas.

4. Modernizar la gestión pública es una responsabilidad de todas las autoridades, funcionarios y servidores del Estado en cada uno de sus organismos y niveles de gobierno. En ese sentido, cualquier esfuerzo que apunte a elevar los niveles de desempeño de las entidades del Estado a favor de los ciudadanos, debe involucrar a los diversos sectores y niveles de gobierno.
7. LINKOGRAFIA



http://es.slideshare.net/victoryurid/proyecto-de-tesis-ucv-2014